Para comenzar, debemos señalar que, en el ámbito de nuestras relaciones laborales, el legislador ha querido que el contrato indefinido sea el contrato de trabajo por excelencia, dejando la utilización del contrato temporal para aquellos supuestos extraordinarios o excepcionales. No obstante, la realidad es otra, pues en España, la contratación temporal ha sido utilizada y sigue utilizándose de manera abusiva, y por tanto, los contratos por obra o servicio o los contratos eventuales por circunstancias de la producción que, en teoría son causales, se realizan en la mayoría de casos en fraude de ley, precarizando con ello el mercado de trabajo español.
Dicho lo anterior y entrando de lleno en lo que aquí nos interesa, cabe preguntarse si cuando finaliza un contrato temporal que ha sido precedido por una sucesión de contratos temporales con una misma empresa o grupo de empresas, nos encontramos ante un supuesto de finalización de contrato o ante un despido.