SALARIO
MÍNIMO INTERPROFESIONAL
El salario
mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima que
percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción
de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros.
Cada año el Gobierno fija el valor que debe tener el
SMI. Para el año 2016 el Ministerio de Salario Mínimo Interprofesional en los siguientes
valores:
-
Salario Empleo
y Seguridad Social, mediante Real Decreto
1171/2015, de 29 de diciembre, ha fijado el Mínimo diarios: 21,84 €
-
Salario
Mínimo mensual: 655,20 €
-
Salario
Mínimo anual: 9.172,80 € (14 pagas)
-
En caso de
empleadas de hogar que trabajan por horas, el salario mínimo interprofesional
será de 5,13 € por hora
efectivamente trabajada.
INDICADOR PUBLICO DE RENTA DE
EFECTOS MULTIPLES
El indicador
público de renta de efectos múltiples (IPREM) es un índice que sirve como
referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones o subsidios por
desempleo entre otros.
El IPREM se publica cada año a través de la Ley de
Presupuestos Generales. La Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, en su disposición
adicional octogésima cuarta, ha fijado el IPREM en los siguientes valores:
-
IPREM
diario: 17,75 €
-
IPREM
mensual: 532,51 €
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IPREM anual:
6.390,13 € (12 pagas)