El Tribunal Supremo da la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y pide a una mujer desempleada que recibía el subsidio por desempleo para mayores de 52 años que devuelva lo recibido en los últimos 24 meses.
El motivo que ha originado la condena del alto tribunal ha sido haber heredado un inmueble a dividir entre cuatro. La mujer desempleada no comunicó al SEPE que había aceptado la herencia, hasta que dos años más tarde, se vendió la casa en cuestión y obtuvo su parte en metálico, que ascendía a 12.590 euros.
Debido al cambio en su situación económica, el SEPE decidió retirarle el subsidio con carácter retroactivo, remontándose al momento en que se firmó la escritura de partición de la herencia, obligándole a devolver 12.956 euros de los últimos 24 meses, ya que con la herencia dejó de cumplir el requisito para poder percibir la prestación del Estado.
Y es que entre los requisitos que se deben reunir para tener acceso al subsidio de desempleo de mayores de 55 años, figura el que el patrimonio no supere el 75% del salario mínimo interprofesional.
Con esta sentencia el Tribunal Supremo da la razón al Servicio Público de Empleo, considerando que el incremento patrimonial de la mujer no se dio en el momento de vender la casa sino en el momento de la recepción cuando se firmó la herencia.