El Ministerio de Empleo y Seguridad Social está estudiando la posibilidad de modificar la actual normativa para permitir que los ciudadanos puedan compatibilizar el cobro de parte de la pensión con la percepción de un sueldo privado, siempre que se haya cumplido la edad de jubilación legal (que alcanzará los 67 años en el año 2027) y se haya cotizado durante el número de años obligatorio para tener derecho a la percepción del 100 % de la base reguladora.
Esta medida figura en el “Informe sobre la compatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación y la realización de una actividad” que la directora del INSS, entregó a los partidos políticos con representación en el Pacto de Toledo.
En los casos de jubilación anticipada se mantendría la incompatibilidad actual, al menos hasta que el interesado no alcanzase la edad ordinaria de acceso a la pensión de jubilación, y teniendo en cuenta entre los requisitos para poder acogerse a esta opción que el trabajo se realice en el sector privado ya que en el sector público existen unas reglas específicas de incompatibilidad.
En el informe, el Instituto Nacional de la Seguridad Social defiende las razones que hacen necesario un cambio normativo para eliminar las fuertes rigideces del actual ordenamiento que suponen un freno a la potenciación de la presencia más activa de los trabajadores de más edad en la sociedad.
